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Severas
sanciones establece Código Penal para conductores que causen accidentes
y se nieguen al examen del dosaje etílico. ANDINA/Archivo.
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“El Código Penal precisa figuras agravadas para los delitos de desobediencia a la autoridad y uno de ellos es la negativa a someterse a exámenes de sangre y otros fluidos con la finalidad de establecer la ingesta de alcohol”, precisó.
Por otro lado detalló que en el caso de los delitos de amenaza a la autoridad las agravantes precisan penas más drásticas, como cuando el hecho es cometido por dos o más personas, o cuando el autor es funcionario público. En estos casos, la pena es de ocho años de prisión.
Pero más grave aún es cuando el delito de amenaza a la autoridad se comete a mano armada, contra un magistrado del Poder Judicial o Ministerio Público, cuando se causa una lesión grave, cuando se impide la erradicación de cultivos ilegales o la investigación de delitos graves. En todos estos casos la pena puede ser de hasta 12 años de cárcel.
“Pero si en medio de estos hechos muere una persona la pena se agrava aún más llegando a 15 años de prisión”, añadió Anglas Lostaunau, durante su participación en el programa de radio Los Fiscales, que se transmite por la señal de Radio Nacional.
Por su parte, la fiscal penal de Lima Zoila Tapia comentó “que la falta de comprensión a la actuación de las autoridades que quieren hacer cumplir la ley evidencia que desde los hogares hay un problema”.
Sin embargo sostuvo que la autoridad “no puede ser abusiva y su actuación debe estar sujeta siempre a lo que dicen la Constitución y la ley. (…) No puede haber un ciudadano respetuoso si no existe una autoridad respetuosa”, remarcó finalmente.
(FIN) NDP/ART
Andina
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