Contar con este dispositivo en los vehículos será un requisito para brindar el servicio en Lima y Callao, bajo el nuevo régimen de autorizaciones por cinco años.
Miraflores, 16 de febrero de 2024. Con la finalidad de
brindar un servicio de transporte moderno y eficiente, la Autoridad de
Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) publicó las características y
funcionalidades técnicas que deberán tener los dispositivos GPS de los
vehículos que realicen el servicio de transporte regular de rutas
autorizadas para Lima y Callao.
Mediante la Resolución Directoral N° D-000008-2024-ATU/DIR,
publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se establecen las
especificaciones técnicas con los requisitos mínimos que deberán cumplir
estos dispositivos y los lineamientos generales sobre la transmisión de
la información al centro de gestión y monitoreo del Sistema Integrado
de Transporte (SIT) de la ATU.
“Contar con información en tiempo real de la flota habilitada
les permitirá a los operadores tomar las mejores decisiones sobre la
programación de sus unidades, conociendo tiempos y kilómetros
recorridos. Esta información, a su vez, puede ayudar a que los usuarios
conozcan la hora aproximada de llegada de las unidades. Este será un
instrumento más en la modernización del transporte urbano”, explicó
Walter Córdova, director de Integración de Transporte Urbano y Recaudo
de la ATU.
Dentro de las especificaciones para el cumplimiento de esta
obligación, se establece que el sistema de control y monitoreo
inalámbrico GPS puede basarse en la infraestructura tecnológica propia
del operador, o podrá utilizar los servicios de empresas de monitoreo
vehicular (EMV).
Para realizar esta transmisión de información, el operador
deberá descargar un software que será proporcionado por la ATU junto con
un manual de instrucciones, que será publicado oportunamente en el
portal institucional de la ATU.
Esta medida forma parte del reglamento, aprobado por
Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 203-2023-ATU/PE, que establece
las condiciones y los requisitos que se aplicarán bajo el nuevo régimen
de autorizaciones de rutas por cinco años para el servicio de transporte
urbano, que comprende aproximadamente 22 000 vehículos entre ómnibus,
cústers y combis.
La obligatoriedad de contar con este sistema de control y
monitoreo GPS durante la prestación del servicio de transporte público
está sujeto a la publicación del Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) correspondiente al reglamento de autorizaciones,
que se viene elaborando en coordinación con el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones (MTC) y la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
De esta manera, la ATU reafirma su compromiso de seguir trabajando por un transporte rápido, seguro y formal.
PRENSA ATU
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