Los perros guías para personas con discapacidad visual pueden viajar sin restricciones en el transporte público, de acuerdo a la ley N.º 29830.
Miraflores, 27 de mayo de 2023.- A fin de ofrecer un
mejor servicio a los ciudadanos, la Autoridad de Transporte Urbano para
Lima y Callao (ATU) precisó cuáles son las condiciones que deben tener
en cuenta los usuarios para transportar de manera segura y sin causarle
daño ni estrés a sus mascotas en los buses del Metropolitano, los
corredores complementarios y en los trenes de la Línea 1 del Metro.
En
el caso del Metropolitano y los corredores complementarios, se permite
el ingreso de animales domésticos pequeños que viajen en un
transportador tipo bolsa o mochila que no exceda los 40 cm de ancho, 60
cm de alto y 30 cm de profundidad, a fin de no incomodar al resto de
pasajeros.
Asimismo, pueden ser trasladados en
coches especiales para mascotas. Se recomienda que viajen, de
preferencia, entre las 10:00 a. m. y las 4:00 p. m., horario de menor
afluencia de usuarios en los servicios de transporte.
Dentro
de los coches de los trenes e instalaciones de la Línea 1 del Metro de
Lima también se permite el ingreso de animales domésticos pequeños, los
cuales deben estar dentro de receptáculos debidamente acondicionados y
cerrados que impidan ensuciar o incomodar a otros pasajeros. El traslado
de las mascotas no debe constituir peligro o molestia para los
operadores del servicio ni para el resto de personas que se trasladan.
El
usuario responsable debe informar, a su ingreso a la estación, que está
llevando a su mascota. Las dimensiones de los receptáculos y el horario
para trasladarlos son los siguientes:
- Si mide 45cm/35cm/20cm podrá trasladarse durante toda la operación del sistema.
- Si mide 52cm/30cm/62cm deberá transportarte en el horario de menor afluencia de pasajeros (por ser un objeto más grande), es decir, de lunes a domingo entre las 10:00 a. m. y las 5:00 p. m.
Es
importante precisar que los perros guías de pasajeros con discapacidad
visual tienen acceso a todos los servicios de transporte público sin
restricciones, de acuerdo a la ley N.º 29830. Impedir su ingreso es un
acto de discriminación pasible a una sanción.
La
ATU reitera su compromiso de seguir trabajando por un transporte rápido,
seguro y formal en beneficio de los 11 millones de limeños y chalacos.
PRENSA ATU
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