domingo, 3 de enero de 2016

Empresa encargada de Línea 2 invertirá más de US$ 1,300 millones

Lima, ene. 01. La empresa Metro de Lima Línea 2 S.A. fue calificada como aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), para el desarrollo del proyecto denominado “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”, de acuerdo con el Contrato de Concesión celebrado el 28 de abril de 2014.

El monto de la inversión asciende a 1,304 millones 975, 999 para efectos del reintegro tributario del Impuesto General a las Ventas (IGV).

Según la resolución suprema, la inversión será ejecutada en un plazo total de cinco años, siete meses y 26 días, contado desde el 01 de enero de 2015; según el cronograma de inversiones, que forma parte del Contrato de Inversión.


Requisitos y características
La empresa Metro de Lima Línea 2 S.A. deberá cumplir los requisitos y características que se encuentran señalados en la Sección VI del Contrato de Concesión, referidos al diseño y ejecución de las Inversiones Obligatorias y Pruebas de Puesta en Marcha, además de los plazos y montos indicados en el Contrato de Inversión.

Asimismo, deberá cumplir con lo establecido en el Anexo III de la Adenda N° 01 del Contrato de Concesión, el cual detalla los hitos establecidos en el Cronograma Valorizado de Obra, que serán retribuidas mediante las formas de pago de los sistemas Retribución por Inversiones, Pago por Obras y Pago por Material Rodante.

Cobertura del régimen
El reintegro tributario a que se refiere el Artículo 1 de la Ley N° 28754 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Concesión suscrito entre el Estado Peruano y la empresa Metro de Lima Línea 2 S.A., comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de bienes intermedios y bienes de capital, así como los servicios y contratos de construcción.

Ello, siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución de la Obra a que se refiere el Contrato de Inversión.

Para determinar este beneficio, se considerarán las adquisiciones de los bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 01 de enero de 2015, de conformidad con el Cronograma de ejecución de Inversiones que forma parte del Contrato de Inversión y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas.

La lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construcción se incluirá como Anexo al Contrato de Inversión y podrá ser modificada a solicitud de empresa Metro de Lima Línea 2 S.A.

http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-empresa-encargada-linea-2-invertira-mas-1300-millones-592126.aspx

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