domingo, 14 de noviembre de 2010

Multarán con S/. 108 a peatones que crucen calles en estado de ebriedad

Lima, nov. 11 (ANDINA). Las personas que crucen una calzada sin respetar las normas de tránsito en estado de ebriedad serán multadas a partir de este lunes 15 de noviembre con 108 nuevos soles, informó el jefe de la División de Policía de Tránsito, José Alvarado Alegre.

Detalló que los montos de las multas varían de acuerdo a la gravedad desde 18 nuevos soles, por lo que se viene realizando una campaña educativa con la finalidad de que la ciudadanía conozca cuáles son las faltas y cuál será el procedimiento para imponer las sanciones.

Alvarado explicó que el peatón que infrinja el Reglamento Nacional de Tránsito será intervenido y se le solicitará su Documento Nacional de Identidad para luego colocarle la papeleta, de manera similar a lo que se realiza cuando un conductor incumple las normas de tránsito.

Informó que la Municipalidad de Lima entregó en la víspera los formatos para aplicar las multas, las cuales tendrán un considerable descuento si se cancelan en los siete días posteriores a su imposición, tal como ocurre con las impuestas a los conductores.

Agregó que los efectivos de la Policía de Tránsito aplicarán las sanciones con criterio, en vista de que no todas las calles de Lima tienen cruceros peatonales.



Multas

El ministerio del Interior recordó que las infracciones muy graves serán sancionadas con
3% UIT (S/. 108 nuevos soles), es decir por cruzar la calzada sin respetar las normas de tránsito en estado de ebriedad.

También 2% UIT (S/. 72 nuevos soles) por cruzar de manera intempestiva o sin usar los puentes peatonales, por desobedecer las indicaciones del efectivo policial, por cruzar la pista cuando no hay derecho a paso, por irrespetar la preferencia de los vehículos de emergencia que se anuncien con señales audibles o por alterar, mutilar, remover o suprimir las señales viales.

En cuanto a infracciones graves, 0,75% UIT (S/. 27 nuevos soles), por intentar detener un vehículo repentinamente, por subir o bajar de un vehículo en movimiento, por utilizar las señales de tránsito con fines publicitarios o por arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias que dificulten la circulación o constituyan peligro para los usuarios.

Las sanciones por infracciones leves son de 0,5 UIT (S/. 18 nuevos soles) por transitar cerca al sardinel o borde de la calzada, por sujetarse de algún elemento externo de un vehículo en circulación o por subir o bajar por el lado izquierdo de un vehículo.

(FIN) NDP/RES

Andina

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