Lima, dic. 02 (ANDINA).- El consorcio Tren Eléctrico Lima, integrado por la empresa peruana Graña y Montero y la brasileña Norberto Odebrecht, ganó hoy la buena pro de las obras civiles y de electromecánica del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, conocido como Tren Eléctrico.
El consorcio obtuvo un puntaje de 100 puntos en la calificación de sus propuesta técnica y económica, que ascendió a 410 millones 205 mil dólares (90 por ciento de valor referencial establecido).
De esta manera, se impuso al Consorcio Metropolitano, integrado por la brasileña Andrade Gutierrez y por la peruana Gallegos Casabonne Arango Quesada Ingenieros Civiles, que quedó en segundo lugar con 94.80 puntos.
Mientras que la propuesta del consorcio Tren Lima, integrado por la empresa italiana Astaldi y por la peruana Cosapi no fue admitida.
El proceso de selección estuvo a cargo del Comité Especial designado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Estas obras serán financiadas en su totalidad por el Estado peruano, que cuenta con un préstamo aprobado por 300 millones de dólares por parte de la Corporación Andina de Fomento (CAF).
El consorcio ganador se hará cargo de las obras civiles y electromagnéticas que comprenden la rehabilitación y construcción de estaciones, complementar plataformas y construir donde se requiere, así como los rieles.
El primer tramo del Tren Eléctrico, construido en 1989, cubre una distancia de 9.8 kilómetros uniendo los distritos de Villa El Salvador y San Juan de Miraflores.
Las obras civiles y de electromecánica concesionadas hoy permitirán construir el segundo tramo que va desde el puente Atocongo, en San Juan de Miraflores, hasta el Hospital 2 de Mayo en la avenida Grau, en el Cercado de Lima.
El ministro de Transportes y Comunicaciones, Enrique Cornejo, indicó que en paralelo la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión) está realizando el proceso de concesión para los vagones y operación del tren eléctrico, cuya buena pro debe otorgarse en marzo del 2010.
(FIN) CSO/JPC
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